MADRID, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de diciembre que declara nulo el Real Decreto que regula la troncalidad y otros aspectos de la formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud, al considerar insuficiente la memoria de impacto económico.
La Sección Cuarta de la Sala Tercera estimó el recurso de la Sociedad Española de Inmunología y anuló la citada norma, aprobada en 2014, al considerar "palmariamente insuficiente" la Memoria del Análisis de Impacto Normativo en cuanto al impacto económico y presupuestario que la reforma comportaría.
El sistema de la troncalidad en la formación sanitaria establece una enseñanza común durante un tiempo a varias especialidades médicas, con competencias nucleares y comunes, a la que le sigue después un período concreto y específico para cada especialización.
Representantes de varias especialidades médicas recurrieron ante el Tribunal Supremo al considerar que se había aprobado la implantación de la troncalidad sin haberse realizado un verdadero análisis de su impacto económico y en especial la repercusión económica en las comunidades autónomas donde se iba a aplicar. Además, entendían que el nuevo sistema vulneraba una directiva europea y discriminaba a los médicos españoles respecto a sus homólogos europeos.
Esta primera sentencia sobre esta materia responde al recurso de la Sociedad Española de Inmunología. En ella, la Sala valoró en primer lugar el motivo de nulidad basado en la insuficiencia de la Memoria de Impacto Normativo, en lo relativo al análisis de los aspectos económicos y presupuestarios.
El tribunal considera que la Administración del Estado no puede escudarse en la autonomía presupuestaria de las comunidades y que debe ser "especialmente rigurosa en el análisis económico de la implantación de un sistema que se aprueba por Real Decreto, pero que se impone --necesariamente-- a aquellos otros entes territoriales".