El Gobierno pide equiparar la protección social entre donantes de órganos sólidos y los de tejidos, como la médula osea

Archivo - Operación de trasplante de órganos gracias a una donación.
Archivo - Operación de trasplante de órganos gracias a una donación. - JUNTA DE ANDALUCIA - Archivo
Publicado: viernes, 20 septiembre 2024 13:43

MADRID, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

PSOE y Sumar han pedido incluir a los donantes de tejidos, entre los que se encuentran los donantes de médula, en la Proposición de Ley para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos para su posterior trasplante, que solo contempla las donaciones de riñón e hígado.

Así se recoge en las enmiendas que han presentado al proyecto de ley que presentó el propio PSOE, a las que ha tenido acceso Europa Press. "No solo se producen donaciones de órganos. También se llevan a cabo trasplantes de tejidos para la cura de determinadas enfermedades, menos conocidos que los trasplantes de órganos sólidos pero que, según datos de la Organización Nacional de Trasplantes, se realizan desde muchas décadas antes que los de órganos sólidos y son 'los verdaderos precursores de los actuales trasplantes'", se recoge en el texto.

Según recuerdan, los tejidos que pueden ser donados en vida son la piel y el hueso esponjoso (suelen ser autoinjertos o bien aloinjertos disponibles en los respectivos bancos), debiendo incluir como tejido susceptible de donación del donante en vida la donación de médula ósea, "un tejido indispensable para la vida, ya que en él se fabrican las células de la sangre y del sistema inmunitario".

En la médula ósea se encuentran las células madre, capaces de producir todas las células de la sangre. Algunas enfermedades se desencadenan por una producción excesiva, insuficiente o anómala de un determinado tipo de células derivadas de la célula madre (leucemias, linfomas, aplasias e inmunodeficiencias), por lo que su curación pasa por sustituir las células defectuosas por otras procedentes de un donante sano.

Ambos grupos recuerdan que el proceso de extracción (aspiración de médula ósea) se realiza en el quirófano, se anestesia al donante y se procede a realizar las punciones para la obtención de la sangre medular que contiene los progenitores hematopoyéticos. La duración del ingreso hospitalario suele ser de 24-48 horas, y se recomiendan unos días de reposo relativo, incluso de ser necesario se proporciona la documentación necesaria para que el médico de cabecera extienda una baja laboral por 4 o 7 días. Por su lado, las donaciones de sangre periférica conllevan para el donante unos estudios y pruebas preparatorias.

Así, los dos partidos que conforman el Gobierno reclaman un cambio en el nombre del proyecto de Ley, que pasaría a denominarse "Proposición de ley para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante".

"En atención a todo lo expuesto, y ante las importantes implicaciones terapéuticas de la donación, así como la incidencia que para el donante conlleva todo el proceso de donación, especialmente en el ámbito laboral en atención a las ausencias durante el mismo, se considera necesario garantizar la debida protección en el ámbito del sistema de la Seguridad Social al donante de tejidos en este acto altruista", señalan.

Para ello, consideran que se ha de incluir en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público -- en las modificaciones de los correspondientes artículos de dichos textos legales que contempla la PL para regular la donación de órganos--, por un lado, como situación protegida a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal y, por otro, como permisos retribuidos, la donación de tejidos en los mismos términos previstos para aquella, máxime cuando desde el punto de vista numérico se producen prácticamente el mismo número de donaciones de médula al año que de riñón.

INCLUIR EN LA PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES DEL MAR

Otra de las enmiendas propone que las personas trabajadoras del mar también disfruten de una protección social por ser donantes de órganos. El Régimen Especial de los Trabajadores del Mar para la adecuada aplicación de los beneficios de la Seguridad Social, previstos actualmente en la Ley 47/2015, de 21 de octubre --reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero-- contempla las situaciones especiales de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, voluntaria o no, y la de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésimo novena. Ahora, con esta enmienda, se busca incluir la situación de donanción de órganos.

Por último, PSOE y Sumar piden que, en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta norma, el Gobierno deberá evaluar si los efectos de su aplicación han resultado en un incremento "tangible y real" del número de personas donantes vivas y, en su caso, propondrá la extensión de una protección equivalente a potenciales donantes vivos no incluidos en su ámbito actual de aplicación. "Es importante evaluar el impacto de la norma en su propósito, la protección de los donantes vivos, respecto al número de personas que se pueden acoger a los nuevos beneficios que propone la Ley", han expuesto.

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