El Gobierno regula un registro "único" de donantes de médula para evitar nuevos casos como el de DKMS

Actualizado: martes, 24 abril 2012 15:04

MADRID 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha modificación el Real Decreto 1301/2006 por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, así como la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos, según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE). De este modo, se regula un registro "único" de donantes de médula, y se impide que empresas como la alemana DKMS busquen donantes en España.

"Se trata de una modificación que establece la necesidad de una autorización previa de las comunidades autónomas en su ámbito de actuación y de la Organización Nacional de Trasplantes, si se trata de más de una CCAA, para cualquier persona o entidad que quiera desarrollar actividades de promoción y donación de células y tejidos, en general, y en caso de médulas y progenitores hemopoyectivos, en particular", ha explicado el director de la Organización Nacional de Trasplantes, Rafael Matesanz, a Europa Press.

Concretamente, añade, "significa un refuerzo de la realidad de las situación actual del sistema español de trasplantes". Ahora se establece la obligación de disponer de autorización administrativa previa para realizar actividades de promoción y publicidad en apoyo de la donación de células y tejidos humanos; y se constituye un registro de donantes de progenitores hematopoyéticos comprensivo de la información agregada del conjunto del Sistema Nacional de Salud.

"Hemos entendido siempre que, de acuerdo con la Ley General de Sanidad y la Ley de Salud Pública, cualquier entidad que pretendiera hacer este tipo de promoción tenía que solicitar autorización, pero no estaba explicitado de forma clara, lo que se hace entonces es tapar un pretendido vacío legal que como todo es interpretable, y fue utilizado en su día por DKMS", ha añadido.

Asimismo, ha añadido "refuerza" el sistema de un registro único, que será gestionado por la ONT, sin perjuicio de las competencias de registro de las autoridades autonómicas, "que son las que tienen la competencia de hacer registros de todo tipo". De ese modo, la ONT será el órgano competente para desarrollar y mantener el registro, sobre el que recae la "responsabilidad".

Finalmente, "se establece claramente" que el ministerio podrá delegar en entidades públicas o privadas, aunque ya actualmente es así en el caso de la captación y gestión de donantes y trasplantes de médula ósea, puesto que las competencias están delegadas desde 1994 en la Fundación Internacional José Carreras-REDMO.

Por tanto, añade Matesanz, "lo que hace el decreto es reforzar la situación actual, que entendemos que ha funcionado y funciona perfectamente; y de alguna manera evitar situaciones como las de hace unos meses".

En caso de que alguna entidad quiera intervenir en el proceso de la donación, "tendrá que presentan una propuesta de acción, que demuestre que su actividad va a ser positiva para el sistema"; que será valorada por las autoridades sanitarias, quienes serán en última instancia al que acepten si puede actuar en España.

Las unidades de coordinación de trasplantes de las comunidades autónomas deberán comunicar en tiempo real a la Organización Nacional de Trasplantes información relativa a los donantes de progenitores hematopoyéticos incluidos en sus respectivos registros.