MADRID, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Foro de Médicos de Atención Primaria ha reclamado simplificar el modelo de Incapacidad Temporal eliminando los aspectos burocráticos, unificando los modelos, generalizando el formato electrónico y facilitando la emisión de los partes por el facultativo responsable del proceso clínico en todos los niveles asistenciales a partir de enero de 2023.
En rueda de prensa este miércoles, la doctora Aurora García Lerín, secretaria de la Junta Directiva Nacional de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN), ha denunciado que los trámites para pedir la incapacidad temporal, un derecho del paciente cuando su situación de salud le impide desarrollar su trabajo, son "decimonónicos".
Estos profesionales han reclamado a las Administraciones Autonómicas y, en concreto, al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), que garanticen la emisión de los partes de baja, confirmación y alta por los profesionales de todos los niveles asistenciales. También reclaman simplificar el procedimiento eliminando los aspectos que carecen de valor clínico o eximiendo a los profesionales médicos de su realización.
Aunque los médicos de Familia han asumido históricamente todo el proceso de incapacidad temporal (IT) por motivos de proximidad geográfica, la ley establece la obligación de todos los médicos de expedir los documentos de incapacidad en el mismo acto clínico, con independencia del puesto de trabajo, incluidas consultas, hospitalización y urgencias.
Por ello, solicitan que las Consejerías de Sanidad de todas las comunidades autónomas prioricen la extensión del programa informático y la formación de los profesionales en todos los puestos asistenciales de su respectivo servicio de salud.
"PAPEL CERO": EXCLUSIVAMENTE VÍA ELECTRÓNICA
Otro de los aspectos por los que abogan los médicos de Atención Primaria es el "papel cero", es decir, establecer el modelo electrónico como vía de comunicación "exclusiva" médico-paciente-empresa en todo lo relacionado con la Incapacidad Temporal, tanto en altas como confirmación y bajas.
Al respecto, el Foro ha recordado que ya en diciembre de 2019 el INSS puso de forma progresiva a disposición de las empresas una serie de servicios para que las empresas pudieran acceder a las notificaciones de IT por vía electrónica sin que el trabajador tenga que aportar ninguna documentación.
Del mismo modo, las administraciones autonómicas, a través de sus páginas y aplicaciones, ya han desarrollado modelos de acceso para los pacientes y ciudadanos a su historial de salud, incluyendo sus informes de incapacidad temporal.
El Foro también ha insistido en eliminar el informe complementario, un documento que debe rellenar el médico que sigue el proceso cada dos partes destinados al Servicio de Inspección del Sistema Nacional de Salud (SNS).
"La práctica diaria ha demostrado una vez más que los informes rutinarios carecen de valor al no tener un destinatario que haga el seguimiento. El propio INSS ha manifestado su desinterés en mantener el modelo. Pedimos que sean definitivamente descartados y eliminados de la aplicación informática informes rutinarios", ha argumentado la doctora Ana María Blanco, vicepresidenta tercera de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG) en Madrid.
Blanco también ha contado que recientemente se ha introducido una pestaña desplegable, de marcado obligatorio, con tres opciones: "Duración adecuada", "Duración inadecuada por causa clínica" y "Duración inadecuada por otras causas". "En el formato actual no aporta valor", ha asegurado.
Por ello, reclaman que sea un botón opcional de "Duración inadecuada" y que al activarlo despliegue el Informe dirigido a Inspección en el que explicar la situación que está prolongando el proceso.
Igualmente, han criticado que la normativa actual obliga a completar el Código Nacional de Ocupación (CNO) del paciente, un dato "con escasa relevancia" que el médico "desconoce y el paciente no aporta". Además, los formularios solicitan al médico el nombre de la empresa, otra información que el médico "también desconoce". La alternativa que dan es que se carguen desde el INSS o, en su defecto, desde la empresa o la mutua.
EMISIÓN DE PARTES DE BAJA DE MUTUAS
Los representantes del Foro han detallado que los funcionarios tienen un régimen especial en cada caso para la gestión de la incapacidad laboral ajeno al sistema común del INSS, lo que conlleva formularios y normativas especiales.
"Esto supone un problema de gestión de la IT pues no está integrado electrónicamente y supone descargar y rellenar formularios específicos en PDF. Reclamamos que la gestión de la incapacidad laboral en los pacientes adscritos a las mutualidades se realice con el mismo procedimiento electrónico que los pacientes del régimen general del INSS", han solicitado.
En cuanto a las bajas de las embarazadas, los médicos han señalado que las que no puedan desempeñar su trabajo por riesgo durante el embarazo y no puedan beneficiarse de un cambio de puesto de trabajo tienen derecho a recibir una prestación económica en forma de subsidio, que reconocerá y abonará la entidad gestora o mutua de accidentes de trabajo.
Para el reconocimiento del derecho, la embarazada tendrá que hacer un informe al facultativo, que acreditará la situación de embarazo y la fecha probable de parto. "Dado que las embarazadas disponen de su historia obstétrica que las acompaña todo el embarazo, en la cual se recoge su estado y fecha probable de parto, sea esta historia válida y suficiente como informe que validará el médico de la mutua que ha de iniciar el procedimiento. En caso de no existir la historia será el ginecólogo quien acreditará en cualquier formato la fecha probable de parto. Esta es otra de las cosas que nos resta tiempo para atender a nuestros pacientes", ha esgrimido Ana Giménez, secretaria técnica de Atención Primaria de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM).
Por último, el Foro ha abordado los procesos derivados de la duración estimada de la baja. En concreto, la Ley establece diferentes procedimientos según la duración estimada de la baja con cuatro grupos: muy corta: inferior a 5 días naturales; corta: entre 5 y 30 días naturales: media: entre 31 y 60 días naturales; y larga: por encima de 61 días naturales. En cada grupo existen diferentes plazos para los partes de confirmación. En el primer grupo es posible dar la baja y el alta en el mismo acto clínico.
"Hay que modificar el Real Decreto de Incapacidad Temporal para simplificar los grupos y adecuar los plazos a las duraciones estimadas en función de los procesos eliminando los partes de confirmación innecesarios en los procesos largos. Aumentar hasta 7 días, como ya se hizo con la COVID-19, la posibilidad de dar bajas y altas en el mismo proceso. Valorar la posibilidad de autojustificación de la baja en los procesos muy cortos, hasta 3 días, en especial en las patologías recurrentes como dismenorrea (reglas dolorosas), migrañas, artritis, enfermedades intestinales y cualquier otra que no precise asistencia médica", ha remachado Giménez.
El Foro de Médicos de Atención Primaria está integrado por Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM), Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaruia (SEMFyC), Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN), Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG), Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPAP), Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria (SEPEAP), Sector de Atención Primaria de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM).