MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, recomienda a los profesionales sanitarios no usar en las resonancias magnéticas los agentes de contraste lineales con gadolinio ante el posible riesgo de provocar depósitos cerebrales.
La decisión se produce después de que el Comité europeo para la evaluación de riesgos en farmacovigilancia (PRAC, en sus siglas en inglés) haya finalizado la revisión que venía llevando a cabo acerca de la acumulación de gadolinio en ciertas áreas cerebrales tras exposición a contrastes que contienen este metal.
Aunque no se han identificado síntomas o trastornos asociados a estos depósitos, este organismo ha recomendado suspender la autorización de comercialización de estos productos porque el balance beneficio-riesgo es desfavorable, tras observarse que los contrastes lineales liberan gadolinio en mayor medida que los agentes macrocíclicos.
De este modo, mientras que los primeros pueden producir depósitos cerebrales durante periodos incluso superiores a un año, los agentes macrocíclicos suelen tener un carácter transitorio.
En España se encuentran autorizados diferentes agentes de contraste con gadolinio, comercializados como 'Multihance' (ácido gadobénico), 'Omniscan' (gadodiamida), 'Primovist' (ácido gadoxético), 'Gadovist' (gadobutrol), 'Dotarem' (ácido gadotérico) y 'Prohance' (gadoteridol).
No obstante, el estudio ha determinado que el balance es beneficio-riesgo para dos agentes de contraste lineales, el ácido gadoxético y el ácido gadopentético, siempre que se utilice en la menor dosis posible y en caso de que otras pruebas diagnósticas no se consideren adecuadas.
En el caso del ácido gadoxético se considera un producto con especificidad hepática que cumple con una importante necesidad diagnóstica en pacientes con lesiones en hígado poco vascularizadas, mientras que el ácido gadopentético presenta una concentración de gadolinio muy baja, alrededor de 200 veces inferior a la de los productos intravenosos.
Estas recomendaciones deberán ser valoradas por el Comité de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, en sus siglas en inglés) y posteriormente hacerse efectivas mediante la correspondiente Decisión de la Comisión Europea.