La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 30 de julio de 2024, en Madrid (España).
La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 30 de julio de 2024, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press
Actualizado: miércoles, 31 julio 2024 16:56

También pretende eliminar el mobiliario --mesas, sillas, toldos y servilleteros-- patrocinado por bebidas alcohólicas de los bares cercanos a los lugares frecuentados por menores

MADRID, 31 Jul. (EUROPA PRESS) -

El anteproyecto de la ley de prevención del consumo de alcohol y sus efectos en menores de edad, aprobado este martes en el Consejo de Ministros, pretende prohibir la publicidad de las bebidas 0,0 en un radio menor de 200 metros de lugares frecuentados por menores; así como desterrar definitivamente el término 'consumo responsable' de la publicidad de bebidas alcohólicas. Además, quiere eliminar el mobiliario --mesas, sillas, toldos y servilleteros-- patrocinado por marcas de cerveza y otras bebidas alcohólicas de los bares cerca de estos espacios destinados a menores.

Por tanto, el Ministerio de Sanidad ha extendido a la modalidad sin alcohol de bebidas tradicionalmente conocidas por ser espirituosas la eliminación de la publicidad en vía pública a excepción de más allá de 200 metros lineales de centros de educación, centros sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.

Este "0,0 washing" en el ámbito publicitario, como lo han denominado fuentes del departamento que dirige Mónica García, se debe a que la publicidad de estas bebidas supone "una promoción" de la misma marca que está vendiendo la bebida alcohólica. "De hecho, nos encontramos con alguna marca cuya versión sin alcohol es difícilmente encontrable para su consumo y su compra, pero es fácilmente encontrable para su publicidad", apuntan estas fuentes.

Además de prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas y 0,0 en el radio mencionado, incluyendo el mobiliario de los bares, también se vetará el emplazamiento de publicidad en centros educativos, de protección, destinados a menores, o deportivos, ocio o espectáculos durante sesiones destinadas a menores de edad. A día de hoy, no hay norma estatal que prohíba el alcohol en los colegios e institutos, por lo que este puede ser consumido por el equipo docente, entre otros trabajadores de estos centros.

Un ejemplo de esto último son los partidos de fútbol en los que participan menores de edad. Con esta norma, los bares de estos centros polideportivos no podrían ofrecer bebidas alcohólicas, que suelen ser consumidas por los progenitores de estos pequeños. "Puede ser una pérdida por los padres de menores, pero entendemos que hay que velar por el entorno de las personas menores que acuden a hacer un actividad saludable, como jugar al fútbol, y que tienen a su alrededor a personas consumiendo alcohol. Ahí prima la promoción de la salud para menores de edad", han aclarado fuentes de Sanidad. En cambio, si la sesión no está programada para menores, el consumo se permite.

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También se prohíben los anuncios de estos productos en programas o bloques de programas de cualquier servicio de comunicación audiovisual o vídeos difundidos a través de servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma que sean objetivamente destinados de forma principal o mayoritaria a personas menores de edad.

Este veto se extiende a entornos digitales como páginas o sitios web o junto a los enlaces de acceso a los mismos, aplicaciones, redes sociales, servicios de mensajería instantánea y otros similares o diferentes objetivamente dirigidos principal o mayoritariamente a personas menores de edad; y entornos digitales asociados a descargas de videojuegos, música, películas y cualquier otros contenidos digitales, objetivamente dirigidos principal o mayoritariamente a personas menores de edad.

La publicidad de alcohol o bebidas 0,0 por correo electrónico, mensajería instantánea, teléfono u otros medios de telecomunicación solo podrá dirigirse a titulares personas físicas mayores de edad o personas jurídicas. También se pretende acabar con la publicidad impresa en cualquiera de los soportes y formatos impresos tales como carteles, folletos, libros y materiales didácticos.

EL FIN DEL 'CONSUMO RESPONSABLE'

Así las cosas, otra de las grandes novedades es el fin del reclamo publicitario 'consumo responsable'. "El consumo moderado o responsable se acabó. No hay ninguna evidencia de que el consumo moderado tenga beneficios para nada", apostillan desde Sanidad.

Así, el Gobierno quiere "desterrar la idea, en mucha ocasiones representada por algún líder de opinión financiado por la industria, de que el consumo moderado de alcohol es beneficioso para la salud". "Esto es una falacia no soportada por ningún tipo de evidencia científica. Legislativamente no podemos avalar el uso de conceptos que empujan en ese camino", añaden.

SANCIONES

La norma también contempla que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puedan realizar pruebas de alcoholemia en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido. Las pruebas se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro.

Respecto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.

Las infracciones leves, es decir, las relacionadas con el consumo individual, serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 60 hasta 600 euros.

Las infracciones graves, relacionadas con los establecimientos, serán sancionadas con multas de 601 euros hasta 30.000 euros y/o suspensión temporal de la actividad y/o con cierre temporal, total o parcial, del establecimiento, centro, local o empresa, por un periodo de hasta tres años. La autoridad competente podrá acordar como sanción complementaria la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de por un periodo de hasta tres años.

Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 30.001 euros hasta 600.000 euros y/o cierre temporal, total o parcial, del establecimiento, centro, local o empresa, por un periodo de hasta cinco años. La autoridad competente podrá acordar como sanción complementaria la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública o beneficio fiscal o de seguridad social por un periodo de hasta cinco años.

Por último, Sanidad ha recordado que el anteproyecto cuenta con aportaciones de más de 10 ministerios, y que contempla modificaciones de otras leyes. Además, el departamento de García también celebra que intervenir en los menores acabará beneficiando a los adultos, aunque no está sobre la mesa "actuar sobre ellos". El ministerio sarará el anteproyecto a consulta pública y prevé que a finales de año o principios de 2025 pase de nuevo por el consejo de ministros.

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