SANTIAGO DE COMPOSTELA 20 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela ha dictado sentencia por la que se declara "el derecho a percibir la parte proporcional de la paga extra de diciembre en los días devengados entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, ambos inclusive" a las enfermeras.
Según informa el Sindicato de Enfermería Satse, esta resolución fue instada por esta central junto con otras organizaciones sindicales profesionales del sector sanitario.
Así, subraya que en dicho periodo "no había entrado todavía en vigor el Real Decreto Ley 20/2012 por el que se estableció su completa supresión, ya que las leyes no tienen un efecto retroactivo si no se expresa en ellas lo contrario, cosa que la citada norma no contemplaba, aunque a pesar de ello tanto el Sergas como todo el resto de las administraciones públicas procedieron a la supresión de la paga extra en su totalidad, lo que ahora el Juzgado viene de corregir".
Dicha sentencia es la primera que se produce a favor del personal estatutario (médicos, enfermeras, técnicos en cuidados auxiliares de enfermería, etcétera) en el ámbito jurisdiccional de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, "precisamente donde tiene su sede tanto la Consellería de Sanidade como el Sergas", destaca.
Además, el sindicato llama la atención sobre que no admite recurso alguno, por lo que la misma ha devenido firme y definitiva.
AFECTACIÓN A TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
La cuestión debatida judicialmente, añade, tiene una afectación para todos los empleados públicos pertenecientes a las distintas administraciones (estatal, autonómica y local), si bien "con distintos matices" si se trata de personal funcionario, estatutario o laboral.
Apunta que "de hecho, este tipo de reclamaciones se han formulado ya en distintos territorios y comunidades autónomas, habiéndose obtenido algunas sentencias con un general criterio judicial idéntico al del pronunciamiento del Juzgado de Santiago de Compostela".
Por ello, finaliza que "sería deseable" que el propio Sergas "procediera de oficio a abonar las cantidades establecidas en dicha sentencia a todo su personal, sin que el mismo se ve a obligado a proceder masivamente a instar sus correspondientes reclamaciones judiciales de forma individual".