FACUA pide a Sanidad que sancione a Johnson & Johnson al considerar "negligente" la publicidad de 'Frenadol'

Publicado: viernes, 13 enero 2017 12:15


MADRID, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, que retire el anuncio de 'Frenadol Complex', y sancione al laboratorio Johnson & Johnson, al considerar que es "negligente" y "peligroso" para los usuarios la generar "la percepción errónea de que consumir el producto no mermará su aptitud física para circular".

La asociación de consumidores explica que el anuncio del medicamento, indicado para resfriados y procesos gripales, promociona el producto a través de un anuncio en el que se ve a un padre de familia, afectado por tos y fiebre, que se toma este fármaco justo antes de conducir su vehículo. Precisamente, la escena coincide exactamente con la sobreimpresión en pantalla de la advertencia 'Este medicamento puede producir somnolencia. Se recomienda no conducir'.

FACUA pide también la AEMPS que exija a la empresa la retirada o rectificación del anuncio, facultad que el Real Decreto 1416/1994 atribuye a la autoridad sanitaria "cuando la publicidad sobre medicamentos sea engañosa para el público o constituya un riesgo para la salud o la seguridad de las personas".

A juicio de la asociación, "el visionado del vídeo puede provocar que el usuario piense, de forma errónea, que el consumo del medicamento no supone merma alguna en su capacidad física para poder conducir, por lo que no repare en que el aviso, a pie de pantalla y a letra pequeña, está avisando de exactamente todo lo contrario".

FACUA indica que el Real Decreto 1/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, expone en su artículo 80 que "la publicidad de un medicamento que sea objeto de publicidad al público deberá incluir todas las informaciones indispensables para la utilización correcta del medicamento, así como una invitación expresa y claramente visible a leer detenidamente las instrucciones que figuren en el prospecto o en el embalaje externo, según el caso, y la recomendación de consultar al farmacéutico sobre su correcta utilización".

De igual forma, el artículo 111 contempla como "infracción muy grave" el hecho de que un medicamento "no cumpla los requisitos y condiciones reglamentariamente exigidos en materia de publicidad y promoción comercial de los productos, materiales, sustancias, energías o métodos a los que se atribuyan efectos beneficiosos para la salud".

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